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Ruidos molestos: ¿Qué se considera un ruido molesto y qué podemos hacer al respecto?

Ruidos molestos

Vivir en un lugar con ruidos molestos, puede llegar a ser un gran dolor de cabeza. Por eso, te contamos más sobre cómo está regulado este tema en nuestro país y qué puedes hacer en caso de encontrarte con este problema.

¿Qué se considera ruidos molestos?

El ruido es el contaminante más común. Se define como cualquier sonido que sea calificado como algo molesto, indeseado, inoportuno o desagradable. Hay que tomar en cuenta que incluso lo que es música para una persona, puede ser ruido para otra.

Los altos niveles de ruido representan el 50% de las denuncias ambientales recibidas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). Sin embargo, su fiscalización depende de varias instituciones de acuerdo a la fuente que esté produciendo el ruido.

Podemos hablar de 4 tipos de fuentes:

  • Fijas: industrias, discotecas, construcciones. Éstas son fiscalizadas por la SMA, municipalidades y Seremi de Salud.
  • Móviles: automóviles, buses, motocicletas, etc. Su fiscalización depende del Ministerio del Transporte y Telecomunicaciones.
  • Ruido de vecinos y actividades en la vía pública. Fiscalizado por las municipalidades respectivas y Carabineros de Chile.
  • Carreteras y aeropuertos. Cuentan con resoluciones de calificación ambiental, fiscalizadas por la SMA.

La OMS considera el ruido como algo grave para la salud humana. Principalmente porque genera estrés, afecta la calidad del sueño e incluso puede causar enfermedades cardiovasculares.

Ruidos molestos

Ruidos molestos en Chile

El Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente del año 2011, habla explícitamente de este tema. Aquí se entregan los niveles máximos permitidos de emisión sonora generadas por fuentes fijas para la comunidad.

Para entender un poco, una conversación normal tiene en promedio 60 decibeles y una aspiradora produce 70 decibeles. Los niveles de ruido máximo permitidos para zonas residenciales, son:

  • 7 a 21 horas: 55 decibeles. Esto equivale al ruido que produce un aire acondicionado de ventana.
  • 21 a 7 horas: 45 decibeles. Esto es equivalente al ruido de una calle con poco tráfico.

Esta norma busca proteger a la comunidad de la contaminación acústica, desde el punto de vista de la salud pública. La idea es que las personas no se vean afectadas por altos niveles de ruido generado por fuentes fijas 

en sus viviendas, lugares de trabajo o esparcimiento.

Esta norma NO se aplica a los siguientes ruidos:

  • Tránsito vehicular, ferroviario o marítimo.
  • Tránsito aéreo.
  • Actividad propia al uso de viviendas, como: voces, circulación, mascotas, electrodomésticos, reparaciones, etc.
  • Uso del espacio público, como: eventos, manifestaciones, propaganda, comercio ambulante, etc.
  • Voladuras o tronaduras.

La fiscalización se realiza con un sonómetro que mide el ruido. Esto se hace en el lugar, momento y condición de mayor exposición. De esta forma, se crea una imagen que represente el momento más desfavorable para el receptor.

Por otro lado, el Protocolo de Exposición Ocupacional al ruido (Prexor) vela por los trabajadores expuestos a ruido. Junto al Decreto 38, son las piedras angulares de las legislaciones de ruido en Chile.

También existe una regulación para el sector de la construcción y están las ordenanzas municipales, que regulan el ruido para temas más cotidianos. Dentro de éstas, está el caso de los ruidos generados por vecinos.

¿Tus vecinos no dejan de hacer ruidos molestos?

El ruido generado al interior de una vivienda, está regulado por las ordenanzas municipales. Si te sientes afectado por el ruido de los vecinos, puedes hacer una denuncia ante la municipalidad. 

De todas formas, siempre es aconsejable tratar de ver el tema directamente con el responsable del ruido en una primera instancia. Debemos decir, que hay ciertas cosas que no se pueden arreglar si no es con una conversación con quien vive junto a nosotros. 

Por ejemplo, si tienes un departamento y se escuchan las pisadas del que está justo arriba. Lo que se puede hacer aquí es hablar directamente con la persona que está generando el ruido y buscar una solución, como puede ser cubrir el piso con algún material que absorba el impacto.

Cada copropietario puede también realizar algunos cambios y así mejorar el aislamiento de su propiedad. Aquí encontramos soluciones como las ventanas termopanel, puertas macizas, burletes de goma para el marco de las puertas, etc.

Ruidos molestos

¿Cómo denunciar por ruidos molestos?

En el caso de condominios, las denuncias se deben hacer ante el Juzgado de Policía Local, por parte del Comité de Administración, administrador o cualquier persona afectada. La denuncia se puede hacer dentro de un plazo de tres meses, luego de ocurrido el evento.

También se puede hacer una denuncia en Carabineros, que derivarán el procedimiento al juez de Policía Local.

Sobre a quién hacer la denuncia, depende de la fuente que se trate. Si es por actividad productiva, hay que hacerlo a la SMA. En caso de gritos o ruidos en área pública, lo que se debe hacer es llamar a Carabineros. En caso de ruidos molestos por parte de vecinos, entran las municipalidades.

¿Quién fiscaliza?

Depende de la fuente del ruido que está generando la molestia. Son distintos los encargados de fiscalizar este tema.

Con respecto a las fuentes fijas, la encargada de fiscalizar este aspecto es la Superintendencia del Medio Ambiente. Anualmente, ésta debe informar al Ministerio del Medioambiente sobre el cumplimiento de la norma.

Si se trata de ruidos molestos generados por otras fuentes, hay que acudir a Carabineros.

Hay que destacar que no es necesario una muestra de ruido para hacer una denuncia. Sin embargo, basta con una aplicación para smartphone y podemos tener un estimado del ruido presente.

Como ya mencionamos, las municipalidades también tienen un papel, en cuanto a ruidos molestos generados por quienes viven a nuestro alrededor.

Multas en condominio por ruidos molestos

En el caso de condominios, los copropietarios u ocupantes de las unidades no deben perturbar a sus vecinos con ruidos en las horas en que comúnmente se descansa.

Las municipalidades en Chile tienen facultad para regular, por medio de ordenanzas, los ruidos molestos producidos en su comuna. Aquí se pueden incorporar los ruidos producidos en casas, comercio, actividades públicas o privadas. De esta forma, se busca proteger a sus habitantes de la contaminación acústica.

Los ruidos molestos son uno de los principales causantes de problemas dentro de las comunidades de edificios. La Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece algunas normas para la convivencia. Por su parte, cada condominio cuenta con su reglamento.

¿Qué sanciones se pueden aplicar?

De acuerdo a la Ley 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria, la sanción por ruidos molestos en horas de descanso, va desde 1 a 3 UTM. En caso de reincidencia, esta multa puede aumentar al doble.

Los responsables del pago de sanciones serán, solidariamente, el infractor y el propietario de la casa o departamento.

¿Tienes dudas con respecto a este tema? Comunícate con nosotros y te ayudaremos a resolverlas.

 

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