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¿Qué hace la Unidad de Análisis Financiero?

La UAF o Unidad de Análisis Financiero, establece a los corredores de propiedades la obligación de informar sobre operaciones sospechosas dentro del ejercicio de sus actividades.

Por la naturaleza de los servicios de los corredores de propiedades, pueden llegar a ser utilizados para actividades ilícitas, como el lavado de activos.

Ante la necesidad de contar en Chile con una institución especializada, para prevenir y controlar el lavado de activos, e impedir el uso del sistema financiero y de otros sectores de la economía con estos fines, se crea la Unidad de Análisis Financiero (UAF) en el año 2003.

El lavado de dinero es ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación, propiedad o control de dinero o bienes obtenidos ilegalmente. Es introducir en la economía activos de procedencia ilícita, dándoles apariencia de legalidad.

El origen de estos dineros puede ser variado. En su sitio web, se puede conocer el catálogo de delitos base o precedentes del lavado de activos. Dentro de éste se puede ver que los fondos ilícitos pueden venir de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, asociaciones ilícitas, secuestro, prostitución infantil, pornografía, tráfico de inmigrantes, fraude al fisco, corrupción, narcotráfico, terrorismo etc.

Su rol legal es prevenir e impedir el uso del sistema financiero y de otros sectores de la actividad económica, para realizar delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Esto lo hace a través de las siguientes herramientas:

  • Realización de inteligencia financiera.
  • Emisión de normativa.
  • Fiscalización.
  • Difusión de información de carácter público, con el fin de proteger al país y a su economía.

¿Cuáles son las obligaciones y deberes del corredor de propiedades?

  1. Inscribirse en el Registro de entidades reportantes que la UAF mantiene.
  2. Informar a la UAF sobre operaciones sospechosas que adviertan en el ejercicio de sus actividades.
  3. Designar un funcionario responsable de relacionarse con la UAF.
  4. Detectar, en el ejercicio de sus actividades, y reportar de manera oportuna a la UAF cualquier operación sospechosa.
  5. Mantener registros especiales determinados en la Ley 19.913, por el plazo mínimo de 5 años.
  6. Enviar la información contenida en los registros especiales a la UAF cuando sea requerida.
  7. Reportar operaciones en efectivo (ROE) por sobre los US$10.000 o su equivalente en pesos chilenos.
  8. Reportar de manera oportuna cualquier operación de carácter sospechoso de la que tenga conocimiento en razón de su actividad.
  9. Informar y proporcionar a la UAF toda la información, antecedentes y documentos que requiera.
  10. Contar con un sistema de prevención de lavado de activos basado en el concepto de «conozca a su cliente».
  11. Mantener actualizados los antecedentes de sus clientes en el curso de su relación contractual.
  12. Informar a la UAF cuando una persona políticamente expuesta realice una operación y se considere una transacción sospechosa.
  13. Informar a sus clientes de la obligación de actualizar sus antecedentes de manera periódica.
  14. Conocer y usar la guía de Señales de Alerta Indicatorias de Lavado de Activos, disponible en el sitio web de la UAF.

REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS (ROS)

Los corredores de propiedades deben informar y reportar a la UAF, en el menor tiempo posible, las operaciones sospechosas de las que tengan conocimiento en su actividad profesional.

Si se detecta una operación sospechosa, los corredores de propiedades deberán establecer procedimientos internos que garanticen la confidencialidad de la información. Para esto, se deberá contar con un Manual de Prevención de Lavado de Activos.

La obligación de enviar un ROS, y sus antecedentes, se deberá cumplir por medios electrónicos a través del sitio web de la entidad. Para esto se accede con el RUT y contraseña entregadas para estos efectos por la UAF.

REPORTE DE OPERACIONES EN EFECTIVO (ROE)

Los corredores de propiedades, deben enviar el Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE), semestralmente. Esto se hace durante los primeros 10 días hábiles de enero y julio de cada año.

Se consideran operaciones en efectivo aquellas realizadas en papel moneda o dinero metálico, que superen los US$10.000 o su equivalente en pesos chilenos.

Si no existen operaciones que reportar a la UAF, para un determinado periodo, se deberá enviar un Registro de Operaciones en Efectivo o ROE negativo. Éste se encuentra disponible en el sitio web de la UAF, en el enlace «Reporte en línea».

Si se debe rectificar este informe, hay 10 días de plazo para hacerlo. Esto desde el momento que vence el plazo para informar. La solicitud deberá ser enviada al director de la UAF, indicando el tipo de reporte, periodo, fecha en que fue enviado y las razones de la modificación.

Un corredor de propiedades certificado, cuenta con los conocimientos y experiencia necesaria para detectar transacciones que puedan dar lugar a duda. Por lo mismo, asesorarse bien al hacer una transacción inmobiliaria es esencial. Si necesitas orientación sobre este u otros temas relacionados, comunícate con nosotros.

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