¿Qué es una expropiación?
Hablamos de expropiación, como el modo en que la Administración Pública puede quitar una propiedad o un bien a una persona particular, retribuyéndole una compensación.
La expropiación consiste en la transferencia de titularidad de una propiedad privada, donde el Estado es el nuevo encargado de administrarla y la adquiere para sí mismo.
Sin embargo, la expropiación es un recurso utilizado sólo en razones de utilidad y necesidad pública, donde la persona que fue expropiada tiene siempre derecho a una indemnización.
Las expropiaciones son permitidas por la ley N°2.186, en el que permite, que este procedimiento sólo puede ser ejecutado por el Ministerio de Obras Públicas (MOP), Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), o la Municipalidad correspondiente al lugar de expropiación
¿Qué características tiene una expropiación?
- Es de carácter coactivo: el individuo no ofrece una propiedad, el Estado lo reclama unilateralmente.
- Compensación económica: las personas expropiadas suelen recibir una indemnización monetaria.
- Existen motivos para expropiar: económicos, políticos, de interés social, etc.
- Debe hacerse conforme a la ley: debe producirse por lo dispuesto en la ley de cada país sin abusar del poder del Estado.
¿Cuál es el proceso de una expropiación?
Se llega a realizar una expropiación por utilidad pública o por interés nacional, y sus razones deben estar estipuladas en ley. El proceso para realizarlo consiste en lo siguiente:
- El Estado debe ejecutar un proyecto de construcción en el terreno expropiado
- Ya sea MOP o MINVU, deben realizar los planos del proyecto a construir
- Se debe hacer un estudio previo de expropiación (publicada en Diario Oficial)
- Se inscribe a la propiedad a expropiar en el Conservatorio de Bienes Raíces
- El organismo a cargo de expropiar tiene 90 días para hacer su estudio
- Una comisión de 3 expertos evaluará el terreno y el valor de indemnización
- La comisión tendrá 30 días para fijar el monto de indemnización
- Se dicta la orden de expropiación por el organismo del Estado o el propio Presidente
- La resolución de expropiación deberá publicarse en el Diario Oficial en 90 días
- Carabineros notificará en un plazo de 90 días al dueño del terreno expropiado
- La resolución de expropiación debe inscribirse en el Conservatorio de Bienes Raíces
- Las personas afectadas tendrán 30 días para apelar ante un juez
- La expropiación definitiva debe ser de mutuo acuerdo